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El Parlamento Europeo,
· Vistas sus anteriores resoluciones sobre la situación
en Cuba y, en particular, su Resolución de 25 de abril
de 2002 sobre el papel de la Unión Europea en el fomento
de los derechos humanos y la democratización en terceros
países(1), así como su Resolución de 10 de
abril de 2003 sobre los derechos humanos en Cuba(2),
· Vistas las conclusiones del Consejo de Asuntos Exteriores
de 21 de julio de 2003 sobre la situación en Cuba,
· Vista la declaración de la Comisión, de
27 de julio de 2003, sobre la decisión de Cuba de renunciar
a la ayuda humanitaria concedida por la UE,
· Vistas las declaraciones de la Presidencia, en nombre
de la Unión Europea, de 26 de marzo y de 5 de junio de
2003, sobre la persistente y flagrante violación de los
derechos humanos y de las libertades fundamentales en Cuba,
· Vista la Posición Común 96/697/PESC, de
2 de diciembre de 1996, definida por el Consejo en virtud del
artículo J.2 del Tratado de la Unión Europea, sobre
Cuba(3), y que se renueva periódicamente,
A. Considerando que uno de los principales objetivos de la Unión
Europea sigue siendo la defensa de la universalidad e indivisibilidad
de los derechos humanos, incluidos los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales, consagrados en 1993
por la Conferencia Mundial de Viena sobre Derechos Humanos,
B. Considerando que los acontecimientos registrados recientemente
en Cuba, como las numerosas detenciones, encarcelamientos y las
severas sentencias dictadas tras juicios sumarios que afectan
a más de setenta disidentes y militantes en favor de los
derechos humanos, así como el hecho de que se haya vuelto
a aplicar la pena de muerte, han llevado a la Comisión
a suspender el informe de evaluación sobre la solicitud
de adhesión de Cuba al Acuerdo de Cotonú,
C. Considerando que, por su parte, el Gobierno de Cuba decidió
retirar por segunda vez su solicitud de adhesión al Acuerdo
de Cotonú,
D. Considerando que recientemente la Unión Europea ha decidido
limitar las visitas bilaterales gubernamentales de alto nivel,
reducir el perfil de la participación de los Estados miembros
en actos culturales, invitar a disidentes cubanos a la celebración
de las fiestas nacionales y proceder a un nuevo examen de la Posición
Común de la Unión Europea,
E. Considerando que la política de confrontación
practicada por los Estados Unidos desde hace más de cuarenta
y cuatro años (embargo, leyes extraterritoriales, como
por ejemplo la Ley Helms-Burton, etc.) no es un planteamiento
constructivo para promover el cambio o la reforma del régimen
cubano,
F. Considerando que el ejercicio de la libertad de expresión
es uno de los derechos humanos fundamentales,
G. Profundamente preocupado por el estado de salud de varios disidentes
que en la actualidad están encarcelados en la isla,
H. Manifestando su honda preocupación por el hecho de que
las autoridades cubanas han vuelto a aplicar la pena de muerte,
I. Considerando que, mientras tanto, la población cubana
continúa sufriendo las consecuencias de las violaciones
de los derechos humanos,
J. Considerando que otorgó el Premio Sájarov 2002
a Oswaldo Payá Sardiñas, disidente y miembro de
la oposición al régimen cubano,
1. Reitera su firme condena de la persistente y flagrante violación
de los derechos humanos civiles y políticos y de las libertades
fundamentales de los miembros de la oposición cubana y
de periodistas independientes, e insta a las autoridades cubanas
a que pongan en libertad a todos los presos políticos con
carácter inmediato;
2. Pide a la Comisión y al Consejo que sigan de cerca el
problema de los presos políticos en las cárceles
cubanas y que adopten todas las iniciativas necesarias para pedir
la puesta en libertad inmediata de todos ellos;
3. Recuerda a las autoridades cubanas que ninguna ley puede limitar
el derecho a la libertad de expresión y que en ningún
caso pueden imponer penas de prisión a las personas que
ejercen este derecho; subraya que el respeto y la defensa de los
derechos humanos y de la democratización crean las condiciones
políticas, sociales y económicas necesarias para
garantizar la paz, la estabilidad y unas condiciones de vida dignas
para todos;
4. Constata que desde la última evaluación de los
objetivos de la posición común de la UE efectuada
en diciembre de 2002, no sólo no se ha producido por parte
del gobierno cubano ningún tipo de avance, sino que la
situación de los derechos humanos se ha visto seriamente
deteriorada;
5. Solicita al Consejo y a la Comisión que, tan pronto
como se ponga en libertad a todas las personas detenidas y cesen
las detenciones arbitrarias, se elabore una política global
hacia Cuba carente de ambigüedades;
6. Reitera que los objetivos de la política exterior de
la Unión Europea se basan en la promoción del respeto
de los derechos humanos y las libertades fundamentales, el fomento
de los procesos de transición hacia la democracia pluralista
y el apoyo a la reactivación económica duradera
para mejorar el nivel de vida de la población;
7. Considera que la Unión Europea puede desempeñar
un papel clave y aplicar una política dirigida a la adopción
de medidas positivas como la firma, ratificación y aplicación
de los instrumentos internacionales relativos a los derechos humanos,
en particular, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales
y Culturales de las Naciones Unidas, alentando a las autoridades
y a la oposición democrática a colaborar por una
transición democrática pacífica, e intensificando
el diálogo del Alto Representante para la PESC con las
autoridades y con la oposición democrática en el
país; considera, asimismo, que esta política debería
incorporar plenamente otros posibles incentivos positivos, incluidos
generosos programas de cooperación para mejorar el respeto
de los derechos humanos a todos los niveles;
8. Lamenta la decisión del régimen cubano de renunciar
a la ayuda suministrada por la Unión Europea y reitera
la plena vigencia del compromiso y la disponibilidad de la UE
en cuanto a la ayuda destinada al pueblo cubano;
9. Lamenta profundamente el comportamiento adoptado por las autoridades
cubanas frente a las instituciones comunitarias, los Estados miembros
y los países candidatos a la adhesión, tanto más
tras la reciente apertura de una oficina de la Comisión
en La Habana; lamenta asimismo el cierre del Centro Cultural español,
y espera de las autoridades cubanas una nueva actitud constructiva
basada en la voluntad de reformas;
10. Lamenta que la ausencia de reformas económicas y sociales
haga todavía más dura la vida cotidiana de los ciudadanos
cubanos;
11. Renueva su rechazo al embargo impuesto por los Estados Unidos
contra Cuba y pide su suspensión inmediata, tal y como
solicitara en reiteradas ocasiones la Asamblea General de las
Naciones Unidas;
12. Pide que se invite oficialmente a Oswaldo Payá Sardiñas,
galardonado con el Premio Sájarov a la libertad de conciencia
en 2002, con objeto de reunirse con la Presidencia de la UE, el
Alto Representante para la PESC, el Presidente de la Comisión
y los Comisarios competentes; apoya la decisión tomada
por su Comisión de Asuntos Exteriores, Derechos Humanos,
Seguridad Común y Política de Defensa sobre la comparecencia
de Oswaldo Payá Sardiñas, y pide a las autoridades
cubanas que no pongan ningún obstáculo a esta visita;
13. Encarga a su Delegación para las Relaciones con los
Países de la América Central y México que,
de acuerdo con el sentido de la presente Resolución, aborde
con el mayor interés la cuestión de los derechos
humanos en Cuba y que siga especialmente esta situación;
14. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución
al Consejo y a la Comisión, al Gobierno y a la Asamblea
Nacional Popular de la República de Cuba, así como
al Sr. Payá Sardiñas.
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